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Memoria Institucional 2023

      

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Jueves, 27 de agosto de 2015.

Convenio1 1
Con la finalidad de establecer un acuerdo cooperativo mediante el trabajo en conjunto para facilitar los procesos de descentralización, ordenamiento del territorio y la gestión municipal de tierras, la Autoridad Nacional de Administración de Tierras, Anati, y el Municipio de Panamá firmaron un acuerdo de colaboración.

Es importante destacar que es competencia de la Anati crear un sistema de información geográfica y levantar e integrar un catastro único con propósitos multifinalitarios y garantizar la administración, accesibilidad y manejo de la información generada por distintos programas y entidades, incorporando recursos y tecnología de punta; así como lo es del Municipio ser gestor del territorio que puede coadyuvar en la incorporación, actualización y mantenimiento de las bases de datos catastrales, en diversos temas como la identificación de fincas patrimonio del estado o Municipio, parques, áreas verdes, zonificación urbana, además de datos de obras y construcciones.

Tras la firma del convenio, tanto la Anati como el Municipio fomentarán el intercambio de información, por lo que no deben limitarse las imágenes, videos, audios, datos geográficos o cualquier otro dato que sea de interés para formular también los metadatos asociados.

Antes de proceder con las firmas de José I. Blandón, Alcalde Municipal y Carlos E. González, Administrador General de la Anati se contó con la debida coordinación de la Dirección Nacional de Gobiernos Locales del Ministerio de Gobierno y el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial, Miviot para definir cada uno de los puntos a convenir.

González dijo que esta firma de convenios a nivel de diversas instituciones refuerzan ese compromiso que se adquirió bajo el mandato del presidente Juan Carlos Varela: hacer uso eficiente de los recursos públicos con transparencia.

El convenio firmado por el Alcalde Municipal y el Administrador General de Anati, tendrá un término de cinco años; sin embargo, podrá ser renovado o prorrogado según la disposición de ambas partes, mediante notificación con un anticipo de tres (3) meses.