Aclaración del tema de avalúos y el impuesto inmueble
Debido a la gran cantidad de argumentos especulativos que se han emitido en los últimos días, la Autoridad Nacional de Administración de Tierras (ANATI) procede a aclarar algunos puntos a la ciudadanía con relación a los avalúos y el impuesto de inmueble:
1. El derecho del Estado de realizar avalúos de las propiedades es parte de la legislación panameña desde 1956; y la tasa máxima de 2.1% anual del impuesto de inmueble que hoy se califica de confiscatoria existe desde 1976.
2. El cambio fundamental de la Ley 8 de 2010 fue permitir que la posibilidad de realizar avalúos se privatizara, lo que dio lugar a situaciones que la población calificó de excesivas y que obligaron a suspenderlos.
3. En la actual administración de ANATI no se han realizado avalúos generales ni parciales con el interés de actualizar valores catastrales; ni se van a realizar.
4. La única manera por la que se están variando los valores catastrales es mediante la actualización de los valores inscritos en el Registro Público procedentes de transacciones económicas; o por avalúos realizados de manera privada por los propietarios; de acuerdo a lo establecido en los artículos 767 y 780 del Código Fiscal.
5. La Autoridad Nacional de Administración de Tierras está de acuerdo y apoya la propuesta de eliminar los avalúos masivos realizados durante el quinquenio pasado.
6. El proyecto de Ley de descentralización no guarda ninguna relación con la Ley 8 de 2010 ni con el Código Fiscal; y la posibilidad de realizar avalúos seguirá siendo únicamente del Órgano Ejecutivo a través de MEF o ANATI; la Ley en ningún caso traslada esa potestad a los municipios.
7. La Constitución Panameña es clara en que los impuestos solo pueden establecerse o cambiarse por Ley; por lo tanto en ningún caso se le podría dar a los municipios esta capacidad.
8. Es falso que vaya a disminuirse el monto exonerado de B/. 30,000 para el impuesto de inmueble; y tampoco existe ninguna tabla oficial relativa a un nuevo impuesto. Así como también es falso que se vaya a cobrar impuesto a las fincas agropecuarias, las cuales mantienen una exoneración en el Código Fiscal.
9. A la fecha, el Estado panameño jamás le ha quitado la vivienda a un panameño en virtud de morosidad por impuesto de inmueble y las reglas actuales no cambian con la Ley de Descentralización. Además es absolutamente falso que una empresa privada pueda hacer expropiaciones y remates de propiedades.
10. La Descentralización es un proyecto que cambiará la vida de los panameños, empoderando a las autoridades locales con recursos para resolver los problemas de sus comunidades sin tener que depender del gobierno central; y la misma se financiará con el impuesto de inmueble como se hace en casi todos los países de América Latina y Europa.
11. Para iniciar la descentralización se mantendrá la misma estructura actual mediante la cual el Gobierno Central cobra los impuestos; solo que ahora en lugar de ir a la caja central, los mismos irán a los municipios distribuidos de acuerdo a una fórmula de equidad.
12. El Gobierno de la República de Panamá está dispuesto a revisar las tasas y el sistema de cobro del impuesto de inmueble, pero es injusto con la población detener el proceso descentralizador que cambiará la vida de los panameños haciendo declaraciones irresponsables como las que se han hecho que no tienen sustento en la realidad. (6/10/15)
Lic. Carlos E. González Lic. Franklin Jiménez
Administrador General Director Nacional de Información
ANATI Catastral y Avalúos