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Lunes, 21 de marzo de 2016.

Información vía http://www.mef.gob.pa

Reavaluos 1

La Autoridad Nacional de Administración de Tierras (ANATI) informó que las 1248 fincas registradas en la base de datos de la Dirección General de Ingresos (DGI) del Ministerio de Economía y Finanzas que están pagando impuesto de inmuebles sobre la base de re-avalúos hechos por la administración anterior, ya han recuperado el valor catastral que tenían antes de los re-avalúos.

Los ajustes de los valores de los bienes inmuebles, hechos conforme a lo establecido en la Ley de Descentralización aprobada en 2015, que derogó los reavalúos, deben verse reflejados en los estados de cuenta de los contribuyentes a partir del 1 de abril próximo en su totalidad.

El Ministerio de Economía y Finanzas anunció que, para consultar los estados de cuenta a partir de esa fecha, los contribuyentes deben ingresar al portal web de la DGI usando el Número de Identidad Tributaria (NIT) de las respectivas fincas. Y en los casos en que el contribuyente haya pagado el impuesto de inmueble con base en el valor de los re-avalúos antes mencionados, la Dirección General de Ingresos le reconocerá un crédito fiscal.

El crédito fiscal es efectivo a partir del momento en que se reflejen en los respectivos estados de cuentas, es decir, a partir del 1 de abril del año en curso. Este crédito puede ser utilizado en futuros pagos del impuesto de inmuebles.

Otra opción es la devolución del impuesto, para lo cual el contribuyente debe formalizar la solicitud de dicha devolución a la DGI.

Cabe destacar que el tema de los re-avalúos cobró singular importancia en virtud de la promulgación de la Ley 66 del 15 de octubre de 2015, específicamente de su artículo 89, que derogó y dejó sin efecto todas las resoluciones de 2012 y 2013 que decretaron re-avalúos catastrales sobre bienes inmuebles llevados a cabo en los años mencionados.

En atención de lo dispuesto en el artículo 89 de la Ley 66, si su inmueble fue objeto de algún re-avalúo practicado por la administración anterior y el mismo no ha quedado sin efecto a más tardar el 31 de marzo del año en curso, debe presentar una solicitud de corrección ante el Departamento de Cuenta Corriente de la Dirección General de Ingresos.